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Dictámenes de constitucionalidad de la consulta popular propuesta por el presidente de la república

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l 26 de enero de 2024, la Corte Constitucional emitió tres dictámenes relacionados con las preguntas enviadas por el presidente de la República, previo a la convocatoria a consulta popular. A continuación, se presenta un resumen de los dictámenes y las cuestiones abordadas por la Corte: 

Dictamen No. 1-24-CP/24: 

  • La Corte decidió sobre la constitucionalidad de 11 preguntas presentadas por el Presidente. 
  • Emitió dictamen favorable para las preguntas 2, 4, 5, 6, 7 y 9, y desfavorable para las preguntas 1, 3, 8 y 10. Aceptó también el retiro de la pregunta 11. 

Dictámenes No. 1-24-RC/24 y No. 2-24-CP/24: 

  • Se evaluaron 9 preguntas formuladas en el petitorio de consulta popular. 
  • Se resolvió dividir el examen de constitucionalidad en dos dictámenes, en virtud que, las preguntas 1, 2, 4, 6, 7 y 9, consisten en preguntas que implican una modificación a la Constitución. Mientras que, las preguntas 3, 5 y 8, consisten en cambios de índole infra constitucional.
    • La Corte Constitucional, por medio del Dictamen No. 1-24-RC/24, decidió que las propuestas de las preguntas 1, 6, 7 y 9 proceden a través de enmienda constitucional y, por lo tanto, podrían ser puestas a decisión popular, vía consulta popular; mientras que las propuestas 2 y 4 no proceden a través de este procedimiento.
    • Por otra parte, la Corte Constitucional en el Dictamen No. 2-24-CP/24 resolvió que las preguntas 3, 5 y 8 no superan el examen de constitucionalidad. 

Pasos subsiguientes: 

  • La Corte debe realizar un segundo dictamen de constitucionalidad para las propuestas de preguntas que proceden vía enmienda constitucional. En este examen, la Corte deberá analizar el contenido de las preguntas y sus anexos, a fin de verificar si su implementación puede suscitarse conforme a la constitución. 
  • Este dictamen debe emitirse en un plazo de 20 días. 
  • Posteriormente, el Presidente emitirá el decreto de consulta popular y lo enviará al Consejo Nacional Electoral para la convocatoria.

Preguntas aprobadas por la Corte Constitucional 

Preguntas plebiscitarias: 

  • ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo? (El Anexo menciona los siguientes delitos: (i) financiación del terrorismo; (ii) reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos; (iii) secuestro extorsivo; (iv) producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización; (v) actividad ilícita de recursos mineros; (vi) armas de fuego, municiones y explosivos prohibidos o no autorizados; (vii) tenencia y porte no autorizado de armas; (viii) extorsión; (ix) revelación de identidad de agente encubierto, informante, testigo, persona protegida o funcionario judicial protegido; (x) tráfico de influencias; (xi) oferta de realizar tráfico de influencias; y, (xii) testaferrismo.)
  • ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 6?
  • ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 7?
  • ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta 9?

Preguntas de referéndum (enmienda constitucional): 

  • ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
  • ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 9?
  • ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano promueva la inversión extranjera y reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, de manera que se ofrezca a los inversores extranjeros un entorno apropiado de seguridad jurídica que genere mayores oportunidades de empleo y afiancen la dolarización, de acuerdo con el Anexo 10?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo 12?

El resumen expuesto constituye un sumario del dictamen de la corte y no constituye asesoría legal particular. 

 

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