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La Normativa Necesaria para Dotar de Aplicabilidad a la Ley FINTECH

Con el propósito de delinear la normativa necesaria para dotar de aplicabilidad a la Ley Fintech, el 6 de Noviembre de 2023 el Presidente de la República expidió el Reglamento a la Ley Orgánica para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos. La norma estipula obligaciones para los entes de regulación y control con la finalidad de regular y controlar las actividades de las compañías Fintech.  

Órganos Competentes. 

La regulación de las actividades FINTECH es competencia del Ejecutivo, de la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera. 

La calificación, supervisión y control de las compañías FINTECH corresponde a: 

  • Banco Central del Ecuador 
  • Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros 
  • Superintendencia de Bancos

Objeto Social Único.  

Las FINTECH tendrán objeto social especifico y exclusivo para estas actividades, pudiendo dedicarse a una o varias actividades económicas de las consideradas como actividades Fintech. Salvo por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos cuyo objeto social será único (SEDPE). 

Obligaciones de los Órganos Regulatorios y de Control.  

Para el cumplimiento regulatorio de las compañías FINTECH este reglamento ordena a los entes reguladores y de control: 

  • Al Banco Central del Ecuador, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y la Superintendencia de Bancos en coordinación con el ente rector en materia de telecomunicaciones, el establecimiento de sistemas informativos estandarizados para reportes a las autoridades de que deberán efectuar las FINTECH.
  • A la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera, con la contribución técnica de la Unidad de Análisis Financiero y Económico, la emisión de regulaciones con el objeto de prevenir el lavado de activos y el financiamiento de delitos.
  • A emitir la regulación en materia de seguridad de la información y ciberseguridad.

Colaboración en la Implementación de Sanbox Regulatorios 

  • Los organismos competentes para regular los ambientes de prueba regulatorios (Sandbox) en los ámbitos monetario y financiero son la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera.
  • Los únicos organismos competentes para la implementación de un ambiente de prueba regulatorio (Sandbox) son el Banco Central del Ecuador; a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y a la Superintendencia de Bancos. Pudiendo invitarse a colaborar a el Servicio de Rentas Internas, la Unidad de Análisis Financiero y Económico, Ministerios u otras entidades del sector público en caso de estar relacionado a modificaciones regulatorias en dichas entidades. 

El resumen expuesto constituye un sumario de la normativa más importante de Reglamento a la Ley Fintech. La aplicación a un caso en particular deberá ser motivo de análisis para revisar en cada caso su correcta aplicación. 

Para más información escríbenos a [email protected] 

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