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Las 6 reformas con mayor impacto a nivel empresarial

El 15 de marzo de 2023 se publicó la Ley Reformatoria a la LEY DE COMPAÑÍAS, las reformas que entraron en vigor tienden a la optimización de los procesos societarios y la facilitación de la constitución de empresas como medidas tendientes al desarrollo empresarial y económico del país.  

Se limita la responsabilidad de los administradores como medida para atraer emprendedores y empresarios dispuestos a asumir riesgos y a invertir en nuevos proyectos. Al establecer marcos legales claros que permitan la toma de decisiones empresariales eficaces y con un nivel de riesgo controlado, se fomenta el espíritu emprendedor y la inversión en proyectos innovadores, sin que tal limitación lleve a la impunidad en caso de prácticas empresariales fraudulentas o irresponsables. 

Conozca las 6 reformas con mayor impacto. 

Reformas tendientes a la optimización de procesos societarios   

  1. 1. Para la constitución de compañías anónimas o de responsabilidad limitada, no será necesario el otorgamiento de escritura pública, podrá efectuarse mediante acto o contrato privado, previo a la reforma los contratos de constitución de estas compañías debían ser otorgados mediante escritura pública. Esta reforma economiza y aminora los tiempos de constitución de compañías. 
  2. 2. Los actos o contratos societarios de todas las compañías deberán ser instrumentados en el mismo ejercicio económico en el que la Junta General hubiere aprobado su instrumentación. Si concluyó el período, se requerirá de una nueva resolución de la Junta General o que ésta ratifique dicha decisión. 
  3. 3. En las compañías de responsabilidad limitada, las cesiones de participaciones entre socios, no requerirá de la resolución unánime de la Junta General ni de escritura pública, pero sí deberá inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente. 
  4. 4. Procesos de liquidación simplificada y cancelación expedita, en el primer caso, se deberá presentar un plan de liquidación; mientras que, en el segundo, la compañía deberá estar al día en sus obligaciones y no será obligatoria la presentación de libros sociales o asientos contables.  

Reformas tendientes a la limitación de responsabilidad de administradores y acciones de impugnación de socios y accionistas  

  1. 5. Los administradores de las compañías no serán responsables por las obligaciones laborales o de cualquier otra naturaleza en las que incurra la compañía. En cuanto a las obligaciones tributarias, se estará a lo previsto en la normativa de la materia.
  1. 6. Mediante las acciones de nulidad, impugnación y la acción de opresión de accionistas minoritarios, cualquier socio, accionista o administrador podrá acudir a un Juez de lo Civil para resolver toda controversia societaria, sin perjuicio del porcentaje accionarial o de participación que posea en la compañía.  

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