Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Las compañías de factoring ahora son sujetos obligados a reportar a la UAFE.

El martes 16 de enero de 2024 la Unidad de Análisis Económico y Financiero (en adelante, “UAFE”), en concordancia con el artículo quinto de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, notificó como sujetos obligados a reportar a la UAFE a las compañías que presten servicios de factoring.1

Conforme lo dispuesto en el Código de Comercio, el contrato de factoring se refiere a “una operación por la cual las compañías de comercio legalmente constituidas, que incluyan en su objeto social la realización profesional y habitual de operaciones o factoring o descuento de facturas comerciales negociables, cesión de cualquier tipo de derechos de cobro y sus operaciones conexas, de conformidad con las regulaciones que para el efecto emita la autoridad competente en la materia, adelantan fondos a sus clientes, quienes a cambio le ceden títulos de crédito o facturas comerciales negociables (…)2”

En este sentido, las empresas de factoring deberán generar tres (3) tipos de reportes:

· Reporte de Operaciones y Transacciones Individuales: Toda operación que tenga una cuantía mayor a DIEZ MIL dólares de los Estados Unidos de América (US $ 10.000,00), o las operaciones realizadas

en beneficio de una misma persona, dentro de un período de 30 días que en conjunto igualen o superen dicho valor, deberán ser reportadas en los 15 días posteriores a cada mes3.

· Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): En los 4 días posteriores a partir de que el Comité de Cumplimiento de la empresa tenga conocimiento de una operación sospechosa deberá generar el Reporte para la UAFE4.

· Reporte de sus propias operaciones: Las operaciones, nacionales o internacionales de la propia compañía de factoring, cuya cuantía supere DIEZ MIL dólares de los Estados Unidos de América (US $ 10.000,00), deberán ser reportadas dentro de los 15 días posteriores a cada mes.5

El tercero son operaciones propias, es decir cuando la factorera compra para si facturas

Los reportes deberán ser enviados mediante el Sistema para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SISLAFT), utilizando los formatos previstos para la materia.

Adicionalmente al envío de Reportes, las empresas de factoring deberán generar lo siguiente:

· Sistema de Prevención de Riesgos: Se deberá generar un Manual de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento de Delitos con un Enfoque Basado en Riesgos.6

· Oficial de Cumplimiento: Los sujetos obligados deberán obtener un Código de Registro y designar, ante la UAFE y su organismo de control, un Oficial de Cumplimiento, quien será la persona designada a enviar los Reportes.7

El resumen expuesto constituye un sumario de las reformas más importantes. La aplicación a un caso en particular deberá ser motivo de análisis para revisar en cada caso su correcta aplicación.

Autor

Leave a comment