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Reforma a la ley orgánica de prevención, detección y erradicación del delito de lavado de activos y del financiamiento de delitos

Con fecha 3 de abril de 2023 se reformó la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos. 

¿Qué establece la reforma? 

La reforma señala nuevos sujetos obligados a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). 

Los nuevos sujetos son: 

  • Los clubes u organizaciones dedicadas al fútbol profesional pertenecientes a la Serie ‘A’ y Serie ‘B’ que participen de los torneos organizados tanto por la Liga Profesional de Fútbol Ecuatoriano como por la Federación Ecuatoriana de Fútbol. 
  • Las compañías y empresas que prestan el servicio de factoring de acuerdo con el riesgo de las operaciones y servicios que establezca la UAFE mediante Reglamento.  
  • Los partidos políticos y movimientos legalmente reconocidos. 
  • Los jueces del sistema judicial y fiscales. 
  • El personal que forme parte de la cúpula militar y policial en servicio activo y pasivo. 
  • Directores de los centros de rehabilitación social y guías con rango de jefaturas. 
  • Los gerentes y directores de las aduanas, aeropuertos y puertos públicos y privados. 
  • Asambleístas.

¿A qué están obligados los nuevos sujetos? 

Dentro de los quince (15) días posteriores al fin de cada mes, los sujetos obligados deberán reportar a la UAFE sus propias operaciones, nacionales e internacionales, cuya cuantía sea igual o superior a diez mil dólares de los Estados Unidos de América. 

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