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Financiamiento de proyectos energéticos en el Ecuador

Fecha: octubre 7, 2026

Por:  Andrés Egas Terán

La inversión mundial en energía limpia rondará los USD 2,2 billones en 2026, casi el doble que en combustibles fósiles, según la Agencia Internacional de Energía. Ecuador compite por una parte de ese capital, y en los últimos años ha ajustado su marco eléctrico con un objetivo concreto, que un proyecto de generación renovable no solo sea viable técnicamente, sino financiable. Para quienes desarrollan o invierten en estos proyectos, entender cómo estructurar el financiamiento conforme al marco legal ecuatoriano ya no es un tema secundario, sino parte central de la estructuración del negocio.

Todo proyecto de energía renovable no convencional de hasta 100 MW se desarrolla bajo un título habilitante, una concesión que el Estado otorga por delegación excepcional. Lo relevante es que ese título integra el financiamiento desde su propio diseño. La ley exige obtener el cierre financiero dentro de un plazo fijado en el mismo título, y permite expresamente al generador entregar en garantía, a favor de sus financistas, tanto los activos del proyecto como los derechos que nacen del propio título habilitante.

A esto se suma un desarrollo más reciente. La reforma del Reglamento General a la LOSPEE, de 2025, obliga al Estado y a las distribuidoras a formalizar cómo respaldan su propia obligación de pago hacia el generador, mediante fondos contingentes, fideicomisos o garantías de pago, crédito o liquidez. El reglamento exige además canalizar la recaudación de los usuarios finales a través de un fideicomiso con un orden de prelación que da prioridad de cobro a los proyectos privados de generación. El precio preferente, fijo y garantizado por años, completa el cuadro dándole certeza de ingresos al proyecto.

Estas piezas, juntas, son las que permiten estructurar un proyecto bajo un esquema de project finance, donde la deuda se repaga con los flujos del propio proyecto y no con el balance del patrocinador, en lugar de depender exclusivamente del crédito corporativo de sus promotores. La banca internacional suele financiar estos proyectos con cerca de 80% de deuda y 20% de capital propio, y el marco ecuatoriano actual está diseñado para que ese 80% cuente con garantías reales sobre el proyecto y certeza de pago. Para un desarrollador, esto se traduce en menos capital propio inmovilizado, mejores condiciones de crédito, y una estructura ya reconocible para bancos e inversionistas internacionales en otros mercados de la región.

La estructuración financiera debe planificarse desde que se solicita el título habilitante, no después. Es fundamental definir desde el inicio si el proyecto se financiará como project finance o corporate finance, pues cada esquema exige una estructura y garantías distintas. Anticipar los plazos de cierre financiero que impone el título es fundamental, motivo por el cual es importante involucrar a los asesores legales y financieros desde el comienzo, de modo que el paquete de garantías y el cronograma de la concesión avancen de la mano. Acompañamos a nuestros clientes en cada una de estas etapas, desde el título habilitante hasta el cierre financiero del proyecto.

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