Precedente Jurisprudencial de la Corte Nacional de Justicia sobre el Cálculo del Fondo Global de Jubilación Patronal

Fecha: abril 10, 2026

El 8 de abril de 2026, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia ha resuelto una trascendental decisión que establece el criterio vinculante para el cálculo del fondo global de jubilación patronal, de acuerdo con los siguientes parámetros:

  1. En los casos en que la jubilación patronal se haya hecho efectiva antes del 15 de septiembre de 2015, el cálculo del fondo global se llevará a cabo conforme a la expectativa de vida determinada por el INEC de acuerdo con el artículo 2018 del Código de Trabajo.
  2. Para los casos de jubilaciones patronales efectivas posteriores al 16 de septiembre de 2015, el cálculo deberá realizarse conforme lo establecido en los Acuerdos Ministeriales emitidos por el Ministerio de Trabajo para el efecto.

Esta jurisprudencia de naturaleza vinculante resuelve las contradicciones existentes entre los dos criterios utilizados por la Sala de lo Laboral de la Corte Nacional, los cuales habían generado incertidumbre e inseguridad jurídica respecto de este tema en particular.

La resolución proporciona claridad y consistencia en los criterios a seguir, lo que contribuye a fortalecer la seguridad jurídica en el país. Además, resuelve las incertidumbres previas, favoreciendo un marco legal estable y predecible para los procesos de jubilación patronal.

Es importante destacar que, aunque la Corte Nacional de Justicia ha adoptado esta decisión, su entrada en vigor será a partir de su publicación en el Registro Oficial.

En caso de dudas o requerir asistencia adicional, no duden en ponerse en contacto con nuestra área especializada en Derecho Laboral, quienes estarán encantados de orientarlos en el cumplimiento de estas y otras obligaciones laborales.

 

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