Obligaciones de Junio ¿Qué no puede faltar este mes?

Fecha: junio 3, 2026

¿Sabías que tu negocio tiene obligaciones tributarias este mes?

Aquí te contamos las más importantes.

Obligación: Declaración y Pago de la Patente Municipal – Cantón Quito.

Las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en el Distrito Metropolitano de Quito, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, están obligadas al pago anual de la Patente Municipal.

El calendario de pago y declaración de la patente municipal es el siguiente:

La tarifa aplicable para los sujetos obligados a llevar contabilidad es la siguiente:

Obligación: Declaración y Pago del 1.5. por mil Sobre los Activos Totales – Cantón Quito.

Son sujetos pasivos del impuesto del 1.5. por mil sobre los activos totales, las personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, que ejerzan permanentemente actividades económicas y que estén obligados a llevar contabilidad.

El impuesto se calcula sobre el valor de los activos totales menos los pasivos corrientes y contingentes, con corte al 31 de diciembre del año anterior, y se aplica una tarifa del 0,15% sobre la base.

El calendario de declaración y pago del 1.5. por mil sobre activos totales es el siguiente:

Obligación: Informe de Precios de Transferencia

Aquellos sujetos pasivos que hayan efectuado operaciones con ciertas partes relacionadas locales y/o domiciliadas en el exterior, dentro del mismo periodo fiscal, en un monto acumulado superior de los diez millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000.000) deberán presentar el Informe Integral de Precios de Transferencia.

Obligación: Anexo de Precios de Transferencia

Aquellos sujetos pasivos que hayan efectuado operaciones con ciertas partes relacionadas locales y/o domiciliadas en el exterior, dentro del mismo periodo fiscal, en un monto acumulado superior de los tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000.000) deberán presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas.

 

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